Ley [LFGR]
Articulo 9
Ley De La Fiscalía General De La República
Artículo 9. Para los efectos de se entenderá por:
- : La ;
- Código Nacional: El ;
- Estatuto orgánico: El Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República;
- Fiscalía General: La Fiscalía General de la República;
- Fiscal General: La persona titular de la Fiscalía General de la República;
- Ley: ;
- Ministerio Público: El Ministerio Público de la Federación, y
- Policías: Las personas agentes de la Policía Federal Ministerial, así como aquellas que pertenezcan a las instituciones de seguridad pública del fuero federal o común, incluida la Guardia Nacional, que en el ámbito de sus respectivas competencias actúen bajo el mando y conducción del Ministerio Público, en la investigación de delitos de su competencia.