Ley [LFGR]

Articulo 9

Ley De La Fiscalía General De La República

Artículo 9. Para los efectos de se entenderá por:

  1. : La ;
  2. Código Nacional: El ;
  3. Estatuto orgánico: El Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República;
  4. Fiscalía General: La Fiscalía General de la República;
  5. Fiscal General: La persona titular de la Fiscalía General de la República;
  6. Ley: ;
  7. Ministerio Público: El Ministerio Público de la Federación, y
  8. Policías: Las personas agentes de la Policía Federal Ministerial, así como aquellas que pertenezcan a las instituciones de seguridad pública del fuero federal o común, incluida la Guardia Nacional, que en el ámbito de sus respectivas competencias actúen bajo el mando y conducción del Ministerio Público, en la investigación de delitos de su competencia.
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