Ley [LRITF]

Articulo 100

Ley Para Regular Las Instituciones De Tecnología Financiera

Artículo 100.- Los procedimientos para la imposición de las sanciones administrativas a que se refiere se iniciarán con independencia de la opinión de delito que, en su caso, emita la Autoridad Financiera en términos de .

Citado por 0 leyes