Ley [LFPED]

Artículo 77 bis de Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 77 bis.- Las resoluciones por disposición que emita el Consejo, estarán basadas en las constancias del expediente de queja.

Artículo adicionado DOF

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