Ley [LFPED]
Articulo 77 quáter
Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación
Artículo 77 quáter.- El Consejo puede dictar acuerdos de trámite en el curso del procedimiento de queja, los cuales serán obligatorios para las partes; su incumplimiento traerá aparejadas las medidas administrativas y responsabilidades señaladas en .
Artículo adicionado DOF