Ley [LFPED]

Articulo 77 quáter

Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación

Artículo 77 quáter.- El Consejo puede dictar acuerdos de trámite en el curso del procedimiento de queja, los cuales serán obligatorios para las partes; su incumplimiento traerá aparejadas las medidas administrativas y responsabilidades señaladas en .

Artículo adicionado DOF

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