Ley [LINS]
Articulo 3
Ley De Los Institutos Nacionales De Salud
Artículo 3. La y sus disposiciones reglamentarias, se aplicarán para los Institutos Nacionales de Salud en lo que no se contraponga con , particularmente, en lo que se refiere al fortalecimiento de su autonomía técnica, operativa y administrativa.