Ley [LINS]

Articulo 3

Ley De Los Institutos Nacionales De Salud

Artículo 3. La y sus disposiciones reglamentarias, se aplicarán para los Institutos Nacionales de Salud en lo que no se contraponga con , particularmente, en lo que se refiere al fortalecimiento de su autonomía técnica, operativa y administrativa.

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