Ley [LINS]
Articulo 36
Ley De Los Institutos Nacionales De Salud
Artículo 36. Serán trabajadores de confianza los directores generales, directores, subdirectores, jefes de división, jefes de departamento, jefe de servicios y los demás que desempeñen las funciones a que se refiere el artículo . de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo .