Ley [LMin]

Articulo 36

Ley De Minería

Artículo 36.- El Servicio Geológico Mexicano está obligado a rendir a la Secretaría un informe escrito anual de carácter público sobre los resultados obtenidos con motivo de las obras y trabajos ordenados y llevados a cabo, así como dar cumplimiento a las obligaciones que señala el artículo , fracciones IV, V y VIII de , en lo conducente.

Artículo reformado DOF ,