Ley [LMin]

Articulo 42

Ley De Minería

Artículo 42.- Las concesiones mineras se deben cancelar por:

Párrafo reformado DOF

    I- Terminación de su vigencia;
  1. Derogada.

    Fracción derogada DOF

  2. No realizar, oportunamente, los pagos de las contribuciones por dos ejercicios consecutivos;

    Fracción reformada DOF ,

  3. No presentar los Informes a que está obligada la persona concesionaria en términos de y su Reglamento por dos años consecutivos o cinco años no consecutivos;

    Fracción reformada DOF

  4. Resolución judicial;

    Fracción reformada DOF

  5. No iniciar los trabajos correspondientes en el plazo de un año contado a partir de la vigencia de la concesión o asignación;

    Fracción adicionada DOF

  6. No realizar los trabajos objeto de la concesión en un periodo de dos años consecutivos;

    Fracción adicionada DOF

  7. No presentar ante la Secretaría el Plan de Cierre de Mina dentro de los dos años y hasta un año previos al cierre de operaciones;

    Fracción adicionada DOF

  8. No contar con la concesión de agua para uso industrial en la minería vigente;

    Fracción adicionada DOF

  9. La existencia de riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro irreversible a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes, sistemas hidrológicos superficiales o subterráneos, o para la salud pública, de conformidad con las disposiciones aplicables a la materia, y

    Fracción adicionada DOF

  10. Cometer alguna de las infracciones señaladas en el artículo de .

    Fracción adicionada DOF

En caso de los supuestos previstos en la fracción X de este artículo y en la fracción XVII del artículo de , la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales notificará a la persona concesionaria la configuración de los mismos, y le otorgará un plazo de tres meses para que realice las acciones de prevención o remediación conducentes, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, la concesión se suspenderá por un término de seis meses.

Párrafo adicionado DOF

Dictada la suspensión, la persona concesionaria debe realizar las acciones de prevención o remediación conducentes en el periodo señalado; de no hacerlo, la concesión se cancelará.

Párrafo adicionado DOF