Ley [LMin]

Articulo 55

Ley De Minería

Artículo 55.- Se sancionará con la cancelación de la concesión minera cualquiera de las infracciones siguientes:

    I- Efectuar al amparo de la misma la explotación de minerales o sustancias no sujetos a la aplicación de la ;
  1. No ejecutar o comprobar las obras y trabajos previstos por en los términos y condiciones que señalan la misma y su Reglamento;

    Fracción reformada DOF ,

  2. Dejar de cubrir oportunamente los derechos sobre minería, contribuciones, aprovechamientos y demás contraprestaciones aplicables, conforme a las disposiciones jurídicas vigentes;

    Fracción reformada DOF

  3. (Se deroga)

    Fracción derogada DOF

  4. No cumplir con los pagos por concepto de la prima por descubrimiento o de la contraprestación económica que en su caso corresponda cubrir, así como no rendir al Servicio Geológico Mexicano los informes semestrales a que se refiere el artículo , fracción X, de ;

    Fracción reformada DOF ,

  5. No sujetar las obras y trabajos de exploración o de explotación de carbón en todas sus variedades en terrenos amparados por asignaciones petroleras a las condiciones técnicas que fije la Secretaría;

    Fracción reformada DOF

  6. Realizar las obras y trabajos previstos por sin contar con las autorizaciones previas de las autoridades competentes en materia de medio ambiente, agua, consulta indígena o afromexicana o cualquiera otra autorización, permiso o concesión que se requiera del orden federal, local o municipal;

    Fracción reformada DOF ,

    VIII- Agrupar concesiones que amparen lotes mineros no colindantes para efectos de comprobación que no constituyan una unidad minera o minerometalúrgica desde el punto de vista técnico y administrativo;

Fracción reformada DOF

  1. (Se deroga.)

    Fracción adicionada DOF . Derogada DOF

  2. (Se deroga.)

    Fracción adicionada DOF . Derogada DOF

  3. (Se deroga.)

    Fracción adicionada DOF . Derogada DOF

  4. Omitir información sobre el hallazgo de cualquier hidrocarburo o litio en el área objeto de la concesión minera;

    Fracción adicionada DOF . Reformada DOF ,

  5. Perder la capacidad para ser titular de concesiones. No procede la cancelación cuando la persona titular de la concesión pierda su capacidad por no ajustarse a las disposiciones que regulan la participación de inversionistas extranjeros y subsane tal circunstancia dentro de los noventa días naturales siguientes a la fecha en que la misma ocurra;

    Fracción recorrida DOF . Reformada DOF

  6. Omitir dar aviso, en dos ocasiones consecutivas, sobre cualquier accidente que, con motivo de la operación de la mina, hubiere causado daños o cualquier incidente que ponga en peligro la seguridad de las personas, sus bienes o el medio ambiente, dentro del lote minero que ampara el título de concesión en la que se ejecuten obras y trabajos, en un plazo máximo de setenta y dos horas, contadas a partir de que ocurran los hechos;

    Fracción adicionada DOF

  7. Omitir informar a la Secretaría de la designación del ingeniero o ingeniera responsable del cumplimiento de las normas de seguridad en las minas, conforme a lo establecido en el artículo , fracción XVIII, de la ;

    Fracción adicionada DOF

  8. No permitir el ingreso del personal de la Secretaría para realizar visitas de verificación de las obligaciones que impone la ;

    Fracción adicionada DOF

  9. Cuando la autoridad competente determine que existe riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro irreversible a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes, sistemas hidrológicos superficiales o subterráneos, o para la salud pública, de conformidad con las disposiciones aplicables a la materia;

    Fracción adicionada DOF

  10. No informar del inicio de actividades de explotación en los plazos previstos en la ;

    Fracción adicionada DOF

  11. Suspender o cancelar, sin previo aviso, las actividades de explotación o beneficio una vez iniciadas, salvo por disposición jurisdiccional o que existan causas de fuerza mayor;

    Fracción adicionada DOF

  12. Dejar de rendir, por más de una ocasión, el informe previsto en el artículo de la o no rendirlo en los términos precisados en la o su Reglamento, y

    Fracción adicionada DOF

  13. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las fracciones XV, XVI, XVII, XVIII y XX del artículo de la .

    Fracción adicionada DOF

    Reforma DOF : Derogó del artículo los entonces párrafos segundo (antes reformado DOF ) y tercero