Ley [LAC]

Articulo 13

Ley De Aviación Civil

Artículo 13. El título de concesión o el permiso deberá incluir, cuando menos, lo siguiente:

  1. El nombre y domicilio del concesionario o permisionario;
  2. El objeto de la concesión o el permiso;
  3. En su caso, las rutas o vuelos autorizados;
  4. Los programas de desarrollo y, en su caso, los programas de mantenimiento del servicio;
  5. Los derechos y obligaciones de los concesionarios o permisionarios, y
  6. El período de vigencia.
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