Ley [LCJPJF]
Articulo 10
Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación
Artículo 10. Perfil
El perfil de la funcionaria o el funcionario judicial está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, responderá de manera idónea a las demandas de justicia.
Entre las principales características que deberá reunir la persona servidora pública judicial, se encuentran las siguientes:
- Formación jurídica sólida e integral;
- Independencia y autonomía en el ejercicio de su función y defensa del estado de derecho;
- El respeto absoluto y el compromiso con la defensa y protección de los derechos humanos;
- Conocimiento de los estándares de derechos humanos y habilidad para interpretar y razonar jurídicamente a partir de casos concretos, aplicando un enfoque de interseccionalidad;
- Aptitud para identificar los contextos sociales y los factores de desigualdad estructural que se presentan en los casos sujetos a su conocimiento para garantizar una función judicial orientada por la igualdad sustantiva;
- Conocimiento de la organización y, en su caso, manejo del despacho judicial;
- Vocación de servicio público y compromiso social;
- Ética en el servicio público;
- Trayectoria personal íntegra;
- Capacidad para aplicar el método de juzgar con perspectiva de género, así como los enfoques de justicia social e interseccional para garantizar un análisis integral de los casos, y
- La observancia irrestricta de la prohibición de ejercer cualquier tipo de violencia institucional en el Poder Judicial de la Federación.