Ley [LCJPJF]

Articulo 32

Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación

Artículo 32. Definición

La evaluación del desempeño implica el establecimiento de métodos para valorar el cumplimiento cualitativo y cuantitativo, de manera individual y, en su caso, colectiva, de las funciones y objetivos asignados a las y los integrantes de la Carrera Judicial, contribuyendo a fortalecer la eficiencia, eficacia y calidad de la administración de justicia.

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