Ley [LCJPJF]
Articulo 47
Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación
Artículo 47. Actualización
Los datos del Registro respecto al proceso de capacitación y desarrollo deberán actualizarse de manera permanente.
Ley [LCJPJF]
Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación
Artículo 47. Actualización
Los datos del Registro respecto al proceso de capacitación y desarrollo deberán actualizarse de manera permanente.