Ley [LEPECFE]

Articulo 76

Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad

Artículo 76.- La política de contratación de personal no sindicalizado debe establecer los mecanismos para que los procesos de contratación permitan realizar la selección idónea de las personas trabajadoras que cumplan con los requisitos establecidos para el desempeño de las funciones y grado de especialización.

La creación de puestos, modificaciones a la estructura organizacional y las plantillas de personas trabajadoras, transferencia de plazas y contratación o nombramiento de las personas trabajadoras de la y sus empresas filiales solo atienden a la mejor eficiencia operativa de las empresas y debe considerar los principios y lineamientos de austeridad a que se refiere la .

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