Ley [LEPECFE]
Articulo 94
Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad
Artículo 94.- Los bienes inmuebles, muebles, así como las cuentas bancarias de la están sujetos al régimen de dominio público de la Federación conforme a lo dispuesto en los artículos fracciones III y V, y párrafo cuarto de la y , y por lo tanto son inembargables e imprescriptibles.