Ley [LFPA]

Articulo 5

Ley Federal De Procedimiento Administrativo

Artículo 5.- La omisión o irregularidad de los elementos y requisitos exigidos por el Artículo de , o por las leyes administrativas de las materias de que se trate, producirán, según sea el caso, nulidad o anulabilidad del acto administrativo.

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