Ley [LGPIST]

Articulo 4

Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes

Artículo 4.- En todo lo no previsto en la , serán aplicables de manera supletoria el , el , la y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

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