Lectura de artículo · LFCE

Artículo séptimo

Ley Federal De Competencia Económica

TRANSITORIOS

Séptimo. Dentro del plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el deberá realizar las adecuaciones al marco jurídico a efecto de armonizarlo con los principios en materia de competencia y libre concurrencia previstos en el artículo 28 de la Constitución. Para lo anterior, el podrá solicitar opinión a la .

México, D.F., a 29 de abril de 2014.- Sen. Raúl Cervantes Andrade, Presidente.- Dip. José González Morfín, Presidente.- Sen. Rosa Adriana Díaz Lizama, Secretaria.- Dip. Javier Orozco Gómez, Secretario.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la , Distrito Federal, a veintidós de mayo de dos mil catorce.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.

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