Ley [LGCC]

Articulo 5o

Ley General De Cambio Climático

Artículo 5o. La federación, las entidades federativas y los municipios ejercerán sus atribuciones para la mitigación y adaptación al cambio climático, de conformidad con la distribución de competencias prevista en y en los demás ordenamientos legales aplicables.

Artículo reformado DOF

Citado por 0 leyes