Ley [LGDNNA]
Articulo 134
Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes
Artículo 134. De acuerdo con los resultados de las evaluaciones, el CONEVAL emitirá, en su caso, las sugerencias y recomendaciones que considere pertinentes al Sistema Nacional de Protección Integral.