Ley [LGDNNA]

Articulo quinto

Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes

TRANSITORIOS

quinto.. Las disposiciones reglamentarias derivadas de deberán ser expedidas por el Ejecutivo Federal en un plazo no mayor a los ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

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