Artículo 1.- La es reglamentaria de los artículos , párrafo quinto, , párrafos cuarto y sexto y , párrafo cuarto, de la , y tiene por objeto regular la Exploración y la Explotación de Recursos Geotérmicos para el aprovechamiento sustentable de la energía térmica del subsuelo dentro de los límites del territorio nacional, con el fin de generar energía eléctrica o destinarla a Usos Diversos, o ambos.