Artículo 27.- Los Permisos de Exploración y las Concesiones no otorgan derechos reales a sus personas titulares, sólo generan un derecho temporal de acuerdo con el objeto de cada instrumento.
Artículo 27.- Los Permisos de Exploración y las Concesiones no otorgan derechos reales a sus personas titulares, sólo generan un derecho temporal de acuerdo con el objeto de cada instrumento.