Ley [LGeo]

Articulo 3

Ley De Geotermia

Artículo 3.- La aplicación e interpretación de , para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría.

El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría debe emitir las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en y su Reglamento.

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