Ley [LGeo]

Articulo 43

Ley De Geotermia

Artículo 43.- Las personas interesadas en obtener los Permisos de Usos Diversos deben presentar la solicitud a la Secretaría, misma que debe contener al menos:

  1. Nombre, denominación o razón social, de la persona solicitante;
  2. Domicilio fiscal y domicilio para oír y recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas;
  3. Que su objeto social o actividad se refiera al Uso Diverso que solicite;
  4. Planos de la localización del Área Geotérmica objeto de la solicitud, donde se especifique la superficie, medidas y colindancias, y
  5. Cualquier otro previsto en el Reglamento y en las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría.
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