Artículo 65.- Las sanciones previstas en la se imponen sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa que resulte y, en su caso, de la revocación del Permiso de Exploración, Concesión o Permiso para Usos Diversos correspondiente. Asimismo, la imposición de dichas sanciones no implica, por sí misma, responsabilidad administrativa, civil o penal de los servidores públicos.