Artículo 66.- Las resoluciones que dicte la Secretaría con motivo de la aplicación de las disposiciones de la y su Reglamento, pueden ser recurridas de conformidad con lo dispuesto en la .
Artículo 66.- Las resoluciones que dicte la Secretaría con motivo de la aplicación de las disposiciones de la y su Reglamento, pueden ser recurridas de conformidad con lo dispuesto en la .