Ley [LSAR]

Articulo décimo tercero

Ley De Los Sistemas De Ahorro Para El Retiro

TRANSITORIOS

décimo tercero..- Los artículos de la que se citan en la en relación con las administradoras, sociedades de inversión, planes de pensiones y cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, se refieren a la publicada en el del 21 de diciembre de 1995 que entrará en vigor el 1o. de enero de 1997.

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