Ley [LSAR]

Articulo tercero

Ley De Los Sistemas De Ahorro Para El Retiro

TRANSITORIOS

tercero..- En tanto se expida el Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, continuará en vigor el publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 1995.

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