Ley [CPEUM]

Articulo 40

Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de fundamental.

El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo.

Párrafo adicionado DOF

Tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado Mexicano, en el marco de las leyes aplicables.

Párrafo adicionado DOF

Artículo reformado DOF ,

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