Ley [LGCG]
Articulo 83
Ley General De Contabilidad Gubernamental
Artículo 83.- La Auditoría Superior de la Federación deberá difundir la información de su programa anual de auditorías, relativa a las auditorías que serán realizadas respecto del gasto público federal transferido a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF