Ley [LGCG]
Articulo décimo segundo
Ley General De Contabilidad Gubernamental
décimo segundo..- Cuando, en materia de contabilidad gubernamental, una disposición legal haga referencia a la , se aplicará lo previsto en .
Ley [LGCG]
Ley General De Contabilidad Gubernamental
décimo segundo..- Cuando, en materia de contabilidad gubernamental, una disposición legal haga referencia a la , se aplicará lo previsto en .