Ley [LAAM]

Articulo 17

Ley De Ascensos De La Armada De México

Artículo 17.- Los requisitos indispensables para ser convocado al concurso de selección para ascenso, en lo conducente, serán los establecidos en los Capítulos II, III y IV de este Título, además de buena conducta militar y civil acreditada mediante las hojas de actuación o memoriales de servicio, así como no encontrarse comprendido en los supuestos que prevé el artículo de .

Párrafo reformado DOF

El Reglamento de establecerá las bases para definir la comprobación de estos requisitos.

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