Ley [LFEP]

Articulo 4o

Ley Federal De Las Entidades Paraestatales

Artículo 4o.- El , las sociedades nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y fianzas, los fondos y fideicomisos públicos de fomento así como las entidades paraestatales que formen parte del sistema financiero, quedan sujetas por cuanto a su , organización, funcionamiento, control, evaluación y regulación a su legislación específica. Les será aplicable en las materias y asuntos que sus leyes específicas no regulen.

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