Ley [LGOAAC]

Artículo 22 bis 12 de Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 22 bis 12.- La deberá determinar mediante disposiciones de carácter general, los requerimientos técnicos y de seguridad necesarios para que el o los sistemas criptográficos de los almacenes generales de depósito se interconecten con el RUCAM, a fin de cumplir con sus obligaciones regístrales y de publicidad referidos por .

Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias