Ley [LGOAAC]

Articulo 45 bis 12

Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito

Artículo 45 bis 12.- Los directores generales y funcionarios que ocupen cargos con las dos jerarquías inmediatas inferiores a la de aquél, deberán satisfacer los requisitos previstos por el artículo . Bis de .

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF

Citado por 0 leyes