Ley [LGOAAC]
Articulo 65-a
Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito
Artículo 65-a.- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a efecto de hacer cumplir eficazmente sus resoluciones de clausura, intervención administrativa, intervención gerencial y demás que se contemplan en , podrá solicitar cuando lo considere pertinente, el auxilio de la fuerza pública.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF