Ley [LGOAAC]

Articulo 65-a

Ley General De Organizaciones Y Actividades Auxiliares Del Crédito

Artículo 65-a.- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a efecto de hacer cumplir eficazmente sus resoluciones de clausura, intervención administrativa, intervención gerencial y demás que se contemplan en , podrá solicitar cuando lo considere pertinente, el auxilio de la fuerza pública.

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF

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