Ley [LSPM]

Articulo 23

Ley Del Servicio Postal Mexicano

Artículo 23.- Las modalidades de entrega de la correspondencia y de los envíos, así como los términos de permanencia de los mismos a disposición de los interesados en las oficinas de correos, se sujetarán a las disposiciones reglamentarias que sobre la materia se emitan.

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