Ley [LGPC]
Articulo octavo
Ley General De Protección Civil
octavo.. Las autoridades locales realizarán las gestiones conducentes con el propósito de que se realicen las adecuaciones correspondientes en las Leyes y demás disposiciones locales en la materia en un plazo no mayor a 365 días a partir de la publicación de , ajustándose en todo momento a los principios y directrices de .