Ley [LGRA]

Articulo 202

Ley General De Responsabilidades Administrativas

  1. Acuerdos, cuando se trate de aquellas sobre simples resoluciones de trámite;
  2. Autos provisionales, los que se refieren a determinaciones que se ejecuten provisionalmente;
  3. Autos preparatorios, que son resoluciones por las que se prepara el conocimiento y decisión del asunto, se ordena la admisión, la preparación de pruebas o su desahogo;
  4. Sentencias interlocutorias, que son aquellas que resuelven un incidente, y
  5. Sentencias definitivas, que son las que resuelven el fondo del procedimiento de responsabilidad administrativa.
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