Ley [LAASSP]

Articulo 113

Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público

Artículo 113. La Secretaría, en los procedimientos de sanción, inconformidades y de conciliación a que se refiere , podrá hacer uso de los medios de apremio que se indican a continuación, para hacer cumplir sus determinaciones:

  1. Multa de cien a ciento cincuenta veces el valor diario de la UMA, la cual podrá duplicarse o triplicarse en cada ocasión, hasta alcanzar dos mil veces el valor diario de la UMA, en caso de renuencia al cumplimiento del mandato respectivo;
  2. Arresto hasta por treinta y seis horas, y
  3. Solicitar el auxilio de la fuerza pública de cualquier orden de gobierno, los que deberán de atender de inmediato el requerimiento de la autoridad.
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