Ley [LAASSP]
Articulo 113
Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público
Artículo 113. La Secretaría, en los procedimientos de sanción, inconformidades y de conciliación a que se refiere , podrá hacer uso de los medios de apremio que se indican a continuación, para hacer cumplir sus determinaciones:
- Multa de cien a ciento cincuenta veces el valor diario de la UMA, la cual podrá duplicarse o triplicarse en cada ocasión, hasta alcanzar dos mil veces el valor diario de la UMA, en caso de renuencia al cumplimiento del mandato respectivo;
- Arresto hasta por treinta y seis horas, y
- Solicitar el auxilio de la fuerza pública de cualquier orden de gobierno, los que deberán de atender de inmediato el requerimiento de la autoridad.