Ley [LAASSP]

Articulo 13

Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público

Artículo 13. Serán supletorias de y de las demás disposiciones que de ella se deriven, en lo que corresponda, el , la y el .

Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo de la .

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