Ley [LAASSP]

Articulo décimo tercero

Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público

TRANSITORIOS

décimo tercero..- Para efectos del cumplimiento del artículo de la , se otorgan los siguientes plazos:

  1. Cuatro meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para emitir el Acuerdo a que se refiere su primer párrafo.
  2. Cuatro meses contados a partir de la entrada en vigor del Acuerdo que establece el inciso anterior, para que la Secretaría de Bienestar y la Secretaría de Economía, suscriban el instrumento a que se refiere su segundo párrafo.
Citado por 0 leyes