"La adversidad no es un infortunio, mas soportarlo noblemente es una suerte."
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Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes

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Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes

Última reforma publicada DOF 28-04-2022

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Resumen de la ley

Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional. El análisis local detectó 96 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, salud, vivienda y bienestar, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, federalismo y municipios.

Derechos humanos y garantías Salud, vivienda y bienestar Pueblos y comunidades indígenas Organización del Estado Federalismo y municipios Justicia constitucional Propiedad, recursos y economía Derechos humanos

Lo esencial

Qué regula

  • Derechos humanos y garantías
  • Salud, vivienda y bienestar
  • Pueblos y comunidades indígenas
  • Organización del Estado
  • Federalismo y municipios
  • Justicia constitucional
  • Propiedad, recursos y economía

A quién aplica

  • Personas en los Estados Unidos Mexicanos.
  • Autoridades de todos los órdenes de gobierno.
  • Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.
  • Pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Materias principales

  • Derechos humanos y garantías
  • Salud, vivienda y bienestar
  • Pueblos y comunidades indígenas
  • Organización del Estado
  • Federalismo y municipios
  • Justicia constitucional
  • Propiedad, recursos y economía

Derechos principales

  • Derechos humanos
  • Igualdad y no discriminación
  • Acceso a la información

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Congreso de la Unión
  • Poder Ejecutivo Federal
  • Poder Judicial de la Federación
  • Federación
  • Entidades federativas
  • Municipios
  • Ciudad de México

Obligaciones principales

  • Las autoridades deben actuar dentro de sus competencias y conforme a las obligaciones previstas en el texto.
  • Todas las autoridades deben promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Consulta y participación de pueblos indígenas.

Sanciones o consecuencias

  • Sanciones previstas para infracciones constitucionales y leyes secundarias.
  • Consecuencias penales o administrativas cuando el texto las remite a la ley.

Definiciones importantes

ConceptoExplicación sencilla
Comisión NacionalLa Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Comisión EjecutivaLa Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
Comisiones de Atención a VíctimasLas Comisiones de Atención a Víctimas de las entidades federativas
ConstituciónLa Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Dictamen médico-psicológicoLa examinación o evaluación que conforme al Protocolo de Estambul, el Código Nacional de Procedimientos Penales y las leyes de la Comisión Nacional y de los Organismos de Protección de los Derechos Humanos, realizarán los peritos oficiales o independientes acr
Delitos VinculadosAquellos delitos previstos en esta Ley o en las legislaciones penales federal o de las entidades federativas, que se cometan en concurso o sean conexos a los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
Entidades federativasLas partes integrantes de la Federación a que se refiere el artículo 43 de la Constitución
FiscalíaLa Fiscalía General de la República. Fracción reformada DOF 20-05-2021
Fiscalías EspecializadasLas instituciones especializadas en la investigación del delito de tortura de las Instituciones de Procuración de Justicia Federal y de las entidades federativas. Fracción reformada DOF 20-05-2021
Instituciones de Procuración de JusticiaLas Instituciones de la Federación y de las entidades federativas que integran al Ministerio Público, los servicios periciales y demás auxiliares de aquél. Fracción reformada DOF 20-05-2021
Instituciones de Seguridad PúblicaLas Instituciones Policiales, de Procuración de Justicia, del Sistema Penitenciario y otras autoridades del Consejo Nacional de Seguridad Pública encargadas o que realicen funciones de Seguridad Pública a nivel federal, local o municipal. Fracción reformada DO
Instituciones PolicialesA los cuerpos de policía, de vigilancia y custodia de los establecimientos penitenciarios, de detención preventiva, o de centros de arraigos; y en general todas las dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal, que realice
Consulta guiada

Explora a detalle

Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional.
2La presente Ley tiene por objeto:
3La aplicación de la presente Ley corresponde a las autoridades de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias, y se interpretará de conformidad con la...
4En todo lo no previsto en la presente Ley, serán aplicables de manera supletoria el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal, la Ley General de Víctimas y los...
5Para los efectos de esta Ley se entiende por:
6Las acciones, medidas, mecanismos y procedimientos, así como la planeación, programación e instrumentación de políticas públicas para la prevención de los delitos de tortura y otros tratos...
7El delito de tortura se investigará y perseguirá de oficio, por denuncia o vista de autoridad judicial.
8El ejercicio de la acción penal y la sanción que se imponga judicialmente para el delito de tortura son imprescriptibles.
9No constituyen causas de exclusión del delito de tortura la obediencia a órdenes o instrucciones de un superior jerárquico que dispongan, autoricen o alienten la comisión de este delito.
10No se consideran como causas de justificación o excluyentes de responsabilidad del delito de tortura el que existan o se invoquen circunstancias especiales o situaciones excepcionales...
11Las contravenciones a las disposiciones que prevé esta Ley cometidas por Servidores Públicos, serán sancionadas en términos de la legislación aplicable en materia de responsabilidad...
12En el caso de la imposición de una multa, será aplicable el concepto días multa previsto en el Código Penal Federal.
Mapa de temas
TemaArtículos detectadosDescripción
Derechos humanos y garantías5, 6, 10, 22, 24Reconoce derechos y principios de protección frente a autoridades.
Salud, vivienda y bienestar18, 39, 45, 46, 60Contiene bases de derechos sociales y condiciones de bienestar.
Pueblos y comunidades indígenas96Reconoce derechos y reglas aplicables a pueblos y comunidades.
Organización del Estado5, 22, 54, 96Define órganos, competencias y división de poderes.
Federalismo y municipios5, 22, 57, 69, 78Distribuye competencias entre Federación, entidades y municipios.
Justicia constitucional67Prevé mecanismos de control constitucional y protección jurisdiccional.
Propiedad, recursos y economía96Regula bases sobre propiedad, recursos nacionales y actividad económica.
Plazos importantes
  • Artículo 12.- En el caso de la imposición de una multa, será aplicable el concepto días multa previsto en el Código Penal Federal.
  • Artículo 26.- Se le impondrá una pena de diez a veinte años de prisión y de quinientos a mil días multa, al Servidor Público que incurra en alguna de las conductas previstas en el artículo 24 de la presente Ley.
  • Tratándose del particular a que se refiere el artículo 25 de esta Ley, se le impondrá una pena de seis a doce años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa.
  • Artículo 29. Al servidor público que en el ejercicio de su encargo, como medio intimidatorio, como castigo o por motivos basados en discriminación, veje, maltrate, degrade, insulte o humille a una persona, se le...
  • Artículo 30.- Al Servidor Público que sin tener la calidad de garante y teniendo conocimiento de la comisión de conductas constitutivas de tortura se abstuviere de denunciar inmediatamente las mismas, se le impondrá una...
  • Artículo 31.- A quien injustificadamente impida el acceso inmediato a los lugares de privación de la libertad, para que se realicen las acciones de inspección señaladas en esta Ley, se le impondrá pena de tres a seis...
  • Artículo 32.- Adicionalmente a las penas de prisión y días multa, para todos los delitos previstos en el presente Capítulo se impondrá, según corresponda, destitución o inhabilitación para el desempeño de cualquier...
  • Las autoridades señaladas en las recomendaciones deberán comunicar una respuesta formal al Mecanismo en un plazo de treinta días naturales contados a partir de la notificación del informe a la autoridad correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes?

Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional. El análisis local detectó 96 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, salud, vivienda y bienestar, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, federalismo y municipios.

¿Qué regula Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes?

Regula principalmente derechos humanos y garantías, salud, vivienda y bienestar, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, federalismo y municipios, justicia constitucional.

¿A quién aplica Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes?

Aplica principalmente a Personas en los Estados Unidos Mexicanos; Autoridades de todos los órdenes de gobierno; Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México; Pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes?

Conviene empezar por artículo 1, porque La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional. También puede revisarse artículo 2, porque La presente Ley tiene por objeto:

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para ubicar derechos humanos y garantías, salud, vivienda y bienestar, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.

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LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2017
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 28-04-2022
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO