Ley [LRAM]
Articulo 17
Ley De Recompensas De La Armada De México
Artículo 17.- Las miniaturas de las condecoraciones tendrán las características de la original y sus dimensiones serán reducidas en un cincuenta por ciento.
Ley [LRAM]
Ley De Recompensas De La Armada De México
Artículo 17.- Las miniaturas de las condecoraciones tendrán las características de la original y sus dimensiones serán reducidas en un cincuenta por ciento.