Ley [LRAM]
Articulo 29
Ley De Recompensas De La Armada De México
Artículo 29.- La de Segunda Clase se otorga por efectuar alguno de los actos expresados en el artículo anterior, procediendo por órdenes superiores.
Ley [LRAM]
Ley De Recompensas De La Armada De México
Artículo 29.- La de Segunda Clase se otorga por efectuar alguno de los actos expresados en el artículo anterior, procediendo por órdenes superiores.