Ley [LRAM]
Articulo 32
Ley De Recompensas De La Armada De México
Artículo 32.- La de Primera Clase se otorga al autor de un invento útil a la Armada, que dé honra y prestigio a la Nación.
Ley [LRAM]
Ley De Recompensas De La Armada De México
Artículo 32.- La de Primera Clase se otorga al autor de un invento útil a la Armada, que dé honra y prestigio a la Nación.