Ley [LRAM]
Articulo 61
Ley De Recompensas De La Armada De México
Artículo 61.- La de tercera clase se otorga a los comandantes de unidades extranjeras y otras personalidades, no consideradas en los artículos anteriores.
Ley [LRAM]
Ley De Recompensas De La Armada De México
Artículo 61.- La de tercera clase se otorga a los comandantes de unidades extranjeras y otras personalidades, no consideradas en los artículos anteriores.