Ley [LGDS]

Articulo 11

Ley General De Desarrollo Social

Artículo 11. La Política Nacional de Desarrollo Social tiene los siguientes objetivos:

  1. Propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales o colectivos, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación, la exclusión social y la eliminación de las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres;

    Fracción reformada DOF

  2. Promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso, mejore su distribución y fomente la igualdad salarial entre mujeres y hombres;

    Fracción reformada DOF

  3. Fortalecer el desarrollo regional equilibrado;

    Fracción reformada DOF

  4. Garantizar formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de desarrollo social, y

    Fracción reformada DOF

  5. Promover el desarrollo sostenible y sustentable en el ejercicio de los derechos sociales, y

    Fracción adicionada DOF . Reformada DOF

  6. Garantizar la transversalidad de la perspectiva de género y de derechos humanos en el diseño, implementación y evaluación de los programas de desarrollo social.

    Fracción adicionada DOF

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