Artículo 11. La Política Nacional de Desarrollo Social tiene los siguientes objetivos:
- Propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales o colectivos, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación, la exclusión social y la eliminación de las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres;
Fracción reformada DOF
- Promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso, mejore su distribución y fomente la igualdad salarial entre mujeres y hombres;
Fracción reformada DOF
- Fortalecer el desarrollo regional equilibrado;
Fracción reformada DOF
- Garantizar formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de desarrollo social, y
Fracción reformada DOF
- Promover el desarrollo sostenible y sustentable en el ejercicio de los derechos sociales, y
Fracción adicionada DOF . Reformada DOF
- Garantizar la transversalidad de la perspectiva de género y de derechos humanos en el diseño, implementación y evaluación de los programas de desarrollo social.
Fracción adicionada DOF