Ley [LGDS]
Articulo segundo
Ley General De Desarrollo Social
segundo..- El Titular del Poder Ejecutivo Federal expedirá el reglamento de en un plazo no mayor de 90 días naturales a partir de su entrada en vigor.
Ley [LGDS]
Ley General De Desarrollo Social
segundo..- El Titular del Poder Ejecutivo Federal expedirá el reglamento de en un plazo no mayor de 90 días naturales a partir de su entrada en vigor.